miércoles, 23 de febrero de 2011

HABILITACIONES DEL CUERPO DE MAESTROS

HABILITACIONES DEL CUERPO DE MAESTROS:
LA COMISIÓN PERMANENTE APRUEBA, A PROPUESTA DEL STEC, PEDIR EL AUMENTO DEL PERIODO DE RECONOCIMIENTO.

         El martes, 15 de febrero se reunió la Comisión Permanente del Consejo Escolar. Entre los puntos del Orden del día estaba la propuesta que, a iniciativa del STEC, presentaba la Comisión de Programas, Profesorado y Calidad de la Enseñanza sobre habilitaciones en el Cuerpo de Maestros. Después del desaguisado llevado a cabo por la Consejería de Educación en noviembre pasado dejando a más de 200 maestros/as que habían presentado la documentación, sin la habilitación que les correspondía, urge dar una respuesta para solucionar el tema.

         Esta es la resolución aprobada con los votos a favor de todos los presentes, con la excepción del representante de la Administración, que se abstuvo:


PROPUESTA sobre el Proyecto de Real Decreto por el que se establecen las especialidades docentes del Cuerpo de Maestros, dirigido al Consejo Escolar del Estado para su toma en consideración.

La Comisión de Programas, Profesorado y Calidad de la Educación  se reúne el día 8 de febrero de 2011, con la asistencia de:

Presidente: D. José Ramón Merino Pacheco.
                   D. Juan Vilches Vázquez.
                   D. Alonso Gutiérrez Morillo.
D. José María Laínz Fernández.
D. José Antonio Sánchez Raba.
                        
                           Asiste la Presidenta del Consejo Escolar de Cantabria.


El Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre (BOE 30 de octubre de 2010), por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, derogó la vía de adquisición de nuevas habilitaciones vigente hasta ese momento para el cuerpo de maestros. A partir de la entrada en vigor de ese Real Decreto, la única vía posible para obtener una nueva habilitación se limita a adquirirla a través del Concurso Oposición.

 Hasta entonces, la habilitación que posibilita al maestro/a el acceso a puestos de trabajo específicos (Infantil, Música, Pedagogía Terapéutica, Audición y Lenguaje, Inglés, Educación Física… etc.) se podía obtener, además por titulación (en la mayoría de los casos, en base a estudios universitarios).

Esto provocó que más de 200 personas del cuerpo de maestros en Cantabria, que habían presentado, con posterioridad al 30 de octubre, la documentación necesaria para adquirir una nueva habilitación, viesen denegada su solicitud.

Esta situación pudiera quedar, en parte, subsanada si el Proyecto de Real Decreto por el que se establecen las especialidades docentes del Cuerpo de Maestros, que está preparando el MEC para aprobar en los próximos meses, mantiene la Disposición transitoria tercera que, según el borrador actual dice: “los funcionarios del Cuerpo de Maestros que a la entrada en vigor del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el Concurso de Traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes, reunían los requisitos exigidos para habilitarse para alguna especialidad de las reguladas en el presente Real Decreto, o se encuentre matriculado en cursos de especialización reconocidos para la habilitación, dispondrán de un plazo de tres meses, a partir de la entrada en vigor de este Real Decreto, para poder solicitar el reconocimiento de la especialidad correspondiente”.

Sin embargo, como contempla la citada disposición hay maestras/os que se encuentran matriculados en cursos o titulaciones universitarias cuya duración se extiende –en muchos casos- más allá de tres meses.



Propuesta

El Consejo Escolar de Cantabria propone al Consejo Escolar del Estado que en la preceptiva emisión de dictamen sobre este Real Decreto defienda la ampliación del plazo de tres meses que establece la Disposición transitoria tercera, a cuatro años.



No hay comentarios:

Publicar un comentario